¿Qué dice el código Penal sobre las detenciones ilegales?
Nuestro bufete está compuesto por un equipo de abogados especialistas en derecho informático, y por ello, queremos que estés al tanto de cuáles son las cosas más comunes que ocurren en internet y que si has pasado por ellas tengas en cuanta que el Código Penal español se encarga de ellas. Nosotros somos profesionales en todo lo que tiene que ver con delitos informáticos. Hoy queremos hablarte sobre lo que atañe a la libertad.
Vamos a comenzar por las detenciones ilegales. Hay un protocolo que se ha de seguir. En el pasado mes de marzo se hizo una modificación en este protocolo que decía que los agentes de la ley que procediesen a hacer detenciones y antes de los interrogatorios, tendrían que avisar por escrito de las acusaciones que hay contra ellos. En esos documentos por escrito deberían constar pruebas como testimonios incriminatorios, informes periciales de huellas o ADN, grabaciones, documentos o fotografías.
- La persona que prive de su libertad a un individuo encerrándole o deteniéndole, podría ser castigado con una pena de cuatros a seis años de cárcel.
- En función de la duración de la detención las penas pueden disminuir o aumentar, si la personas encerrada no es culpable y sale en los tres primeros días, la pena bajará, pero si está más de quince la pena podría estar entre cinco y ocho años.
- De igual manera, si se presenta a una persona ante las autoridades que haya cometido algo que no está valorado por las leyes, la multa puede ser de tres a seis meses.
Podemos también hablar de lo referente a las coacciones. Hablamos de coacción cuando a través de la violencia física o psicológica, se obliga a una persona a realizar alguna actuación que está prohibida por la ley.
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Referente a esto el Código Penal dice en su artículo 172:
- Si se obliga a otro a actuar contra la ley se le podría imponer una prisión de seis a tres años o una multa de doce a veinticuatro meses, según la gravedad de la coacción.
- Si la persona a la que se coacciona tiene una relación de amistad o amorosa, la pena de prisión será de seis meses a un año o a trabajos comunitarios.
- Y si la coacción fuese leve la pena serían de uno a tres meses de cárcel.
Si tienes alguna duda sobre alguno de estos temas o no estás seguro si lo que has pasado se considera un delito, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestro equipo estará encantado de atenderte y proporcionarte la mejor atención según tu caso.