Otros delitos tecnológicos

El alcance mundial de Internet, que posibilita interacciones remotas entre usuarios por todo el mundo, y los instrumentos de anonimización digital son factores de riesgo que han derivado de forma directa en el aumento de la ciberdelincuencia. Además de los delitos informáticos que puedes consultar en otros apartados, podemos destacar los siguientes:

  • Child grooming y ciberembaucamiento sexual de menores: El grooming online se trata del proceso por el cual un adulto establece o desarrolla una relación con un menor de 16 años a través de Internet, o las tecnologías de la información y la comunicación, y busca hacer posible un encuentro sexual con el mismo. Además, también se comtempla como delito el llamado sexting con menores o ciberembaucamiento sexual, consistente en contactar con un menor de 16 años realizando actos dirigidos a engañarle para que facilite material pornográfico propio o de otros menores.

  • Amenazas y coacciones online: Estos delitos contra la libertad de obrar se han visto incrementados notablemente en el medio digital por su intrínseca interconectividad global.

  • Ciberbullying: El ciberacoso escolar consiste en la persecución intencional y reiterada online ejercida por un menor o un grupo de menores hacia otro menor, normalmente mediante la difusión en redes sociales de información lesiva y difamatoria.

  • Descubrimiento y revelación de secretos: Entre los cuales podemos mencionar el apoderamiento de material íntimo con intención de divulgarlo ilícitamente así como el acceso ilícito a datos personales y la divulgación de los mismos.

  • Hacking y cracking: El acceso ilegal a sistemas informáticos, así como el borrado de los datos obrantes en bases de datos, suponen una manipulación informática delictiva que también ha adoptado la denominación de ciberespionaje. Asimismo, nuestro Código Penal castiga la interceptación ilegal de datos informáticos.

  • Ciberodio: Fenómeno vinculado a la publicación de mensajes en redes sociales, páginas web y otros medios de comunicación online de lo que se ha denominado "discurso del odio", con relevancia penal si el mensaje difundido públicamente tiene por finalidad incitar a otros a cometer actos de violencia, o similares, contra determinados colectivos.

  • Hoaxing y Fake News: Las noticias falsas por si mismas no son delictivas, no obstante el contenido publicado si puede ser objeto de delito, como por ejemplo delitos de odio, delitos contra la integridad moral, descubrimiento y revelación de secretos,etc.

  • Scamming: Se trata de una estafa online que combina el phising con el hoax (bulo, noticia falsa). Consiste en la publicación de una noticia falsa en Internet con apariencia legítima, como por ejemplo un negocio o la prestación de un servicio, que se convierte en el gancho para que la víctima se ponga en contacto con el estafador que le pedirá datos personales a la víctima, la cual nunca recibirá la contraprestación o servicio por el que ha pagado.

En Gómez Rodríguez Abogados somos expertos en este tipo de delitos. Si estás siendo investigado o has sufrido alguno de ellos contacta con nosotros y coméntanos tu caso sin ningún tipo de compromiso.

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